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Solicitud del bono

El primer paso es conseguir el bono (Importe económico que luego podrá ser utilizado para la adquisición de Kits Digitales). Usted mismo puede realizar la solicitud o bien contactar con nosotros al 605 88 00 09, y tras conectarnos por Teamviewer,  tramitaremos la solicitud con usted. El unico requisito es disponer de unos 40 minutos de tiempo y el certificado digital (FNMT) (Personal para autónomos o de representación para sociedades)

Para realizar la solicitud deberá seguir los siguientes pasos:

  1. Realizar el Kit de Autodiagnóstico
  2. Acceder al tramite. Atención: Existen diversos tramites  y es muy importante iniciar la tramitación desde la convocatoria correcta (que dependerá del numero de empleados de su empresa).

¿Que propuestas tenemos para su empresa?

Kit de Ciberseguridad con ESET

  • Solución de seguridad: ESET Protect AdvancedESET PROTECT Complete
  • Consola de administración en la nube.
  • Servicio de instalación y configuración inicial incluido (Presencial o Remoto. Por determinar en cada caso)
  • Soporte telefónico durante 1 año includo con el partner y con el fabricante durante toda la vida de la licencia.
  • Charla de concienciación en ciberseguridad para todos los empleados de la empresa. (Presencial o Remota. Por determinar en cada caso)

Coste 100% subencionable con el Kit Digital.

Kit de Ciberseguridad con Kaspersky

  • Solución de seguridad: Kaspersky Cloud Plus
  • Consola de administración en la nube.
  • Servicio de instalación y configuración inicial incluido (Presencial o Remoto. Por determinar en cada caso)
  • Soporte telefónico durante 1 año includo con el partner
  • Charla de concienciación en ciberseguridad para todos los empleados de la empresa. (Presencial o Remota. Por determinar en cada caso)

Coste 100% subencionable con el Kit Digital.

¿Cuál es el importe de la ayuda?

Segmento III
Entre 1 y 2 empleados
Segmento II
Entre 3 y 9 empleados
Segmento I
Entre 9 y 49 empleados
125€ por usuario.125€ por usuario.125€ por usuario.
El número de empleados se calcula según lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 7  (Orden ETD/734/2022, de 26 de julio, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre).

Porcentajes de ejecución asociados a las fases:
Primera: 70 % – Segunda: 30 %

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